Bando de Morillo a todos los individuos de tropa indicándoles que se fusilará a todos los que se encuentren a más de un cuarto de legua de distancia de los pueblos sin haber obtenido con anterioridad el correspondiente permiso de sus jefes. Cuartel Genera [Sig. 9/7650, leg. 7, g), f. 336-336v.]
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